JCE culmina proceso de designación de miembros que conformarán las Juntas Electorales y las OCLEE

JCE culmina proceso de designación de miembros que conformarán las Juntas Electorales y las OCLEE

1,617 personas fueron seleccionadas para los cargos de presidente, primer vocal, segundo vocal y suplentes

Publicado por: Dirección de Comunicaciones/Thursday, December 15, 2022/Categorías: Pleno JCE, Presidencia JCE, La JCE

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Santo Domingo. - El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) dispuso a través de la resolución 42-2022 la conformación de las Juntas Electorales y de las Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEE), culminando así con el proceso de conocer las impugnaciones y observaciones que realizaron los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como entidades de la sociedad civil, a nivel nacional e internacional, en el plazo previsto por la ley.

Esta resolución, la 42-2022, conforma 20 OCLEE y 100 Juntas Electorales, que sumadas a las 58 que se designaron previamente, mediante la resolución 11-22, completan las 158 a nivel nacional.

Durante el proceso, que por primera vez se realiza un año y medio antes de las elecciones, 1,617 personas fueron designadas para los cargos de presidente, primer vocal, segundo vocal y suplentes, proceso en el que el Pleno de la JCE, integrado por Román Andrés Jáquez Liranzo, presidente; y por los miembros titulares Rafael Armando Vallejo Santelises, Dolores Altagracia Fernández Sánchez, Patricia Lorenzo Paniagua, y Samir Rafael Chami Isa, se propuso como meta iniciar los trabajos con tiempo de cara al proceso electoral de 2024. 

Se dispone en dicha resolución que, las personas que han sido designadas deberán cursar con carácter de obligatoriedad, el programa de formación y capacitación para miembros titulares y suplentes de Juntas Electorales, coordinado por la Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC) de la Junta Central Electoral.

Juntas Electorales conformadas

Las Juntas Electorales que quedaron conformadas son las siguientes: Altamira, Arenoso, Baitoa, Bajos de Haina, Baní, Bánica, Bayaguana, Boca Chica, Bohechío, Cabral, Cabrera, Garabitos, Castañuelas, Castillo, Cayetano Germosen, Cevicos, Constanza, Consuelo, Cristóbal, Duvergé, El Cercado, El Llano, El Peñón, El Pino, El Valle, Enriquillo, Estebanía, Eugenio María de Hostos, Fundación y Galván. 

Asimismo, las Juntas Electorales de Guananico, Guayabal, Guayacanes, Guaymate, Guayubín, Hondo Valle, Imbert, Jamao al Norte, Jánico, Jaquimeyes, Jarabacoa, Jima Abajo, Juan de Herrera, Juan Santiago, La Ciénaga, La Descubierta, Laguna Salada, Las Charcas, Las Guáranas, Las Matas de Farfán. Las Matas de Santa Cruz, Las Salinas, Las Terrenas, Las Yayas de Viajama, Licey al Medio, Los Hidalgos y Los Ríos.

Además, las Juntas Electorales de Luperón, Maimón, Matanzas, Mella, Miches, Monción, Oviedo, Padre las Casas, Partido, Pedro Santana, Pepillo Salcedo, Peralta, Peralvillo, Polo, Postrer Río, Pueblo Viejo, Quisqueya, Ramón Santana, Restauración, Sabana Grande de Boyá, Sabana Grande de Palenque, Sabana Iglesia, Sabana Larga, Sabana Yegua, San Gregorio de Nigua, San José de las Matas, San José de los Llanos, San Víctor, Sánchez, Tábara Arriba, Tamayo, Tamboril y Tenares. 

También, las Juntas Electorales de Vicente Noble, Villa Hermosa, Villa Isabela, Villa Jaragua, Villa los Almácigos, Villa Montellano, Villa Riva, Villa Tapia, Villa Vásquez y Yamasá. 

OCLEE conformadas 

Mientras que las Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEE) conformadas son: las de Barcelona, Boston, California, Canadá, Chile, Curazao, Holanda, Madrid, Miami, Milano, New Jersey, New York, Orlando, Panamá, Philadelphia, Providence, Puerto Rico, San Martin, Valencia, Washington y Zúrich.  

Con relación a la conformación de la OCLEE de Zúrich, por ser una conformación preliminar, se indica a la ciudadanía y a los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos reconocidos que, a partir de la publicación de la presente resolución, disponen de un plazo de 15 días hábiles para ejercer su derecho a presentar las impugnaciones que así consideren, lo cual deberá realizarse mediante un escrito motivado que será dirigido a la JCE.
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