JCE aprueba nuevo reglamento para compra de bienes y servicios

Publicado por: Carmen Gómez/Sunday, January 13, 2013/Categorías: Pleno JCE, Reglamentos, Presidencia JCE, Dirección de Comunicaciones

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Amparada en la Constitución Dominicana que le confiere autonomía con personalidad jurídica e independencia técnica, administrativa, presupuestaria y financiera, la Junta Central Electoral (JCE) aprobó un nuevo Reglamento para la Compra de Bienes y Contratación de Obras y Servicios que conforme a su categoría oscilarían en $0.01 hasta $155.0 millones.

La nueva ordenanza fue aprobada por el Pleno de esta institución que preside el doctor Roberto Rosario Márquez y los titulares, doctores José Ángel Aquino Rodríguez, Rosario Graciano de los Santos, César Francisco Féliz Féliz, el licenciado Eddy de Jesús Olivares Ortega y el doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos, secretario general.

Rosario Márquez instruyó para que este estatuto se notifique a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, al Tribunal Constitucional, la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Superior Electoral.

Entre los diversos aspectos del Reglamento figura la convocatoria formal a personas físicas o morales a participar en algún proceso de compras de bienes y de contratación de obras y servicios.

Contempla además, en términos de referencias, las condiciones específicas elaboradas por la JCE para alcanzar los objetivos de los servicios de consultoría.

En tanto que en materia de organización, se especifica que la Dirección Administrativa es la responsable de la gestión de compras de bienes, contrataciones de obras y servicios de la Institución requeridos para el buen funcionamiento de la JCE.

Se precisa que la Comisión de Compras y Licitaciones tiene la función de organizar y ejecutar los procesos de licitación y las compras por comparación de precios.

De igual modo la Comisión de Compras y Licitación se reunirá cada vez que sea necesario, sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos tres de sus miembros, pero sus decisiones para ser válidas, tendrán que contar con el voto no menor de tres de sus miembros.

El Reglamento establece que “Compras Simples: Se refiere a las compras de bienes y contratación de servicios por un valor de RD$0.01 hasta RD$50,000.00”. Estas serán autorizadas por el Director (a) Administrativo (a).

Asimismo la entidad contratante se reservará el derecho, en cada caso, de utilizar el procedimiento para la adquisición de bienes, servicios y obras del umbral que le siga al proceso de que se trate.

Especifica que para compras menores de cincuenta mil pesos con un centavo (RD$50,000.01) hasta trescientos noventa mil pesos con cero centavos (RD$390,000.00), se solicitarán de tres (3) a seis (6) cotizaciones.

El reglamento indica que serán identificadas y justificadas las necesidades, lo que estará vinculado a las líneas estratégicas de la institución y al Plan Operativo de cada año.

Conforme a las condiciones de las ofertas participantes y las establecidas en las mismas, la entidad contratante podrá hacer avances antes de recibir el bien o servicio. No obstante, para el pago final deberá tener constancia de que el bien o servicio ha sido recibido conforme por el almacén.

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