De acuerdo al Acta No.30-2010, evacuada por el honorable Pleno de ésta Junta Central Electoral, celebrada el 27 de diciembre del 2007, se dictaminó dentro de varios considerando lo siguiente: “Se descontinuará la práctica de disponer recursos para atender solicitudes de personas, tanto de fuera como de la institución, de ayudas de asistencia social, debido a que la JCE, no cuenta con un capítulo que regule esto y que esto imposibilita realizar estas labores y en consecuencia se decidió a partir del próximo año 2011, que las solicitudes de ayudas por razones humanitarias ó de carácter social serán canalizadas a las instituciones públicas de que dispone el Estado Dominicano, encargadas de proveer asistencia social ó por el plan de pensiones de la institución, sí correspondiere”.

En el caso de funcionarios y empleados que padezcan enfermedades catastróficas y congénitas, la Junta Central Electoral creó un fondo especial para este tipo de ayuda. Ver Reglamento más abajo.

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