Santo Domingo.- El
Banco de Reservas rechazó la solicitud de embargo a los fondos de la
Junta Central Electoral, en virtud de la Ley 86-11 y la sentencia 0048-2015 del
Tribunal Constitucional, que establece que las entidades de intermediación financiera están impedidas de inmovilizar fondos públicos, salvo que se trate de una sentencia con carácter definitivo, lo que no ocurre en el presente caso respecto del Auto con el que se pretendió trabar el embargo retentivo.
A propósito del caso judicial que envuelve la demanda de la sociedad Latin Events, la
Junta Central Electoral informa que interpuso formalmente un recurso de apelación en donde cita y emplaza a dicha empresa para que comparezca ante la Cámara de lo Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.