Circular No. 01/2007 del 26 de enero de 2007, instruyendo sobre la Aplicación del Reglamento y las Nuevas Tasas para los Actos del Estado Civil.
Circular No. 05/2007 del 07 de febrero de 2007, remitiendo el libro de Registro de Adopciones e instrucciones para su uso.
Circular No. 11/2007 del 31 de enero de 2007, sobre Fecha de Pago de Sueldos. Empezaron a recibir directamente los salarios mediante el mecanismo establecido en el Reglamento que fija Sueldos del Estado a los Oficiales del Estado Civil y Personal Auxiliar, y fija tasas por los servicios de las Oficialías del Estado Civil.
Circular No. 13/2007 del 15 de marzo de 2007, sobre visitas de los Procuradores Fiscales o Procuradores Fiscales Adjuntos.
Circular No. 14/2007 del 20 de marzo de 2007, Reiterando instrucciones sobre el uso del papel de seguridad y sellos.
Circular No. 15/2007 del 27 de marzo de 2007, sobre cobro de mensajería por certificación. Se informa que no se debe permitir o facilitar que terceros efectúen esta labor con las facilidades de la Oficialía del Estado Civil.
Circular No. 017 del 29 de marzo de 2007, que consigna el estricto cumplimiento a la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil y sus modificaciones al firmar las Actas de Nacimiento o cualquier documento.
Circular No. 18/2008 del 02 de abril de 2008, reiterando el cumplimiento de los requisitos legales, en tal sentido, no deben recibir declaraciones de nacimientos oportunas o tardías, sin la presentación de la Cédula de Identidad y Electoral de la madre o del padre en caso de que comparezca personalmente a reconocer el hijo (a), o intervenga en el acto en virtud del vínculo matrimonial con la madre del inscrito.
Circular No. 20/2007 del 25 de abril de 2007, sobre el pago de sueldo a los Oficiales del Estado Civil de la 3era. categoría.
Circular No. 23/2007 del 31 de mayo de 2007, recordando que las expediciones de Actas para fines de Cédula de Identidad y Electoral, debe ser elaborada en el Formulario en papel de seguridad OC-No.8 (boletas).
Circular No. 24/2007 del 03 de julio de 2007, sobre el estricto cumplimiento a la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil y sus modificaciones, de todo lo relativo al llenado de manera concomitante del 1er. Libro Original y el 2do. Libro Original, según lo establece el Art. 10 de la mencionada ley.
Circular No. 27/2007 del 16 de julio de 2007, Reiteración a dar cumplimiento a las disposiciones del reglamento y procedimiento de captación de recursos de las Oficialías del Estado Civil.
Circular No. 28/2007 del 18 de julio de 2007, sobre Rendición informe mensual conforme con el reglamento que establece Sueldos de Estado a los Oficiales del Estado Civil y Personal Auxiliar y fija las tasas por los servicios de las Oficialías del Estado Civil, y el Instructivo sobre el control de los recursos establecidos.
Circular No. 29/2007 del 02 de agosto de 2007, Tramitación de Solicitudes a los dominicanos residentes en el exterior, a través de la Oficina del Voto en el Exterior de esta Junta Central Electoral.
Circular No. 30/2007 del 10 de agosto de 2007, Informe de fallecidos que se hayan inscrito en su circunscripción, de conformidad con los datos contenidos en el formulario OC-07.
Circular No. 32/2007 Llamando a los Oficiales del Estado Civil que incumplen con las atribuciones que les confieren los artículos 6 y 10 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil y sus modificaciones y que han mostrado resistencia para acogerse a los procedimientos y disposiciones establecidas por la Institución en: reglamento que establece Sueldos de Estado a los Oficiales del Estado Civil y Personal Auxiliar y fija las tasas por los servicios de las Oficialías del Estado Civil e instructivo general para el control de los ingresos y manejos de la documentación para los servicios que ofrecen.
Circular No. 37/2007 del 28 de noviembre de 2007, Prioridad a expedientes Dominicanos Residentes en el Exterior, expedientes nacionales y todas las informaciones que sean requeridas relacionadas con este proceso.
Circular No. 39/2008 del 29 de octubre de 2008, remitiendo el ¨Instructivo para el funcionamiento de la Unidad Central de Declaraciones Tardías de Nacimiento¨.
Instructivo para la aplicación de los procesos que deben realizar los encargados (as) y cajeros (as).