Declaración del Presidente JCE doctor Roberto Rosario Márquez

Declaración del Presidente JCE doctor Roberto Rosario Márquez

Publicado por: Lic. Félix Reyna/Wednesday, January 6, 2016/Categorías: Dirección de Comunicaciones

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La Junta Central Electoral llama a la ciudadanía a aprovechar el plazo adicional otorgado por esta institución a los ciudadanos morosos para que puedan renovar su documento de identidad y electoral, tanto en el territorio nacional como en el exterior, con el propósito de beneficiarse de esta nueva facilidad que en virtud de la ley concedió el pleno de esta institución.

La Junta Central Electoral explicó que de conformidad con el Art.9 de la ley 55 sobre Registro Electoral, que establece como fecha límite para el cierre de la lista de electores 120 días antes de la jornada de votación, que en este caso está fijada por la Constitución para el tercer domingo del mes de mayo, que corresponde al domingo 15 del citado mes. Vencido este plazo el artículo 6 de la ley Electoral No. 275-97 otorga a la JCE un plazo de 15 días después del cierre para entregar a los partidos la base de datos del Registro Electoral, que en esta ocasión vence el 16 de este mes de enero.

Si bien es cierto que el Pleno de la JCE de conformidad con el artículo 6, literal N, de la Ley 275-97, tiene facultad para ampliar o reducir estos plazos, entendemos que a la fecha se han ofrecido ya suficientes oportunidades a los ciudadanos para que actualicen el documento de identidad y electoral, por demás, dadas las complejidades de este proceso electoral seria un riesgo innecesario, por lo cual ya no se otorgarán más prórrogas.

Es importante destacar, que las personas que al cumplimiento de este plazo no hayan aportado sus datos biométricos y éstos hayan sido incorporados al sistema AFIS de la JCE, no serán incluidos en el listado definitivo de electores y por tanto no podrán ejercer este derecho constitucional.

Se recuerda que la Constitución de la República establece en su Art. 208 como un derecho y un deber de los ciudadanos y ciudadanas el ejercicio del derecho al sufragio para elegir a las autoridades de las diversas instancias estatales y que el Art. 209 de la Carta Magna establece que: “Las asambleas electorales funcionarán en colegios electorales que serán organizados de conformidad con la ley” y ésta a su vez condiciona el ejercicio del derecho al voto a aquellos ciudadanos que previamente hayan cumplido con las condiciones definidas al momento de integrar los referidos Colegios Electorales, tal como lo define el artículo 39 de la citada Ley 275-97 , lo cual citamos “El Registro Electoral consistirá en la inscripción personal, obligatoria y gratuita de todo individuo y ciudadano dominicano que, de acuerdo con la Constitución y las leyes, se encuentren en aptitud de ejercer el sufragio y, además, en la inscripción de los menores que vayan a cumplir 18 años de edad antes o en la fecha de las más próximas elecciones”.

Asimismo y a propósito del tema objeto de esta conferencia de prensa, el Presidente de la JCE informa, que al final del año 2015 remitió por la vía correspondiente una comunicación a los organismos y representantes internacionales en la cual solicitó que se le remita a la JCE o se refieran a las oficinas habilitadas al efecto, incluyendo la establecida en el Ministerio de Relaciones Exteriores, cualquier Información relevante que permita ubicar a las personas incluidas en el listado de los 55 mil beneficiarios de la ley 169-14, a fin de asistirles, buscarlos y otorgarles las facilidades disponibles para la entrega del documento como manda la ley. En esta prórroga, que por demás también habían solicitado estas entidades, a la fecha no hemos recibido respuestas sobre el particular.

La Junta Central Electoral está en capacidad de recibir a todas las personas que aún están pendientes para renovar su documento de identidad y electoral sin congestionamientos y de manera rápida, ya que contamos con oficinas en todos los municipios del país, con más de 176 centros fijos y 76 centros móviles, además de 19 oficinas en el exterior y más de 40 centros de atención en representaciones diplomáticas através del Ministerio de Relaciones Exteriores. Tambien contamos con numerosos operativos móviles que permanentemente realizamos en todo el país y el exterior, con nuestros horarios extendidos de lunes a viernes, de 8:00 AM a 7:00 PM., los sábados de 8:00 AM a 2:00 de la tarde y los domingos desde las 9:00 AM hasta la 1:00 de la tarde. El 16 de este mes de enero nuestras oficinas laborarán hasta las 12:00 de la noche, hora dominicana.

La Junta Central Electoral reitera su compromiso de garantizar los derechos de ciudadanía de estas personas y de todos los dominicanos hábiles para el ejercicio del sufragio, siempre que se acojan a los requisitos de ley.

Por otra parte, informamos la posposición para el viernes 08 de enero en curso, a las 10:00 A.M. de la sesión Administrativa Ordinaria del Pleno de la institución que se había convocado para mañana jueves 07 de los corrientes.

La agenda para esta sesión de trabajo será la siguiente:

- Informe del Presidente

- Informe relativo a la solicitud de Reconocimiento de Partidos Políticos y Agrupaciones Accidentales

- Conformación de las Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEES)

- Continuación del proceso para completar vacantes en diversas Juntas Electorales

- Proyecto de Resolución que ordena la suspensión o cierre provisional de la inscripción y cedulación en el sistema de identidad y electoral.

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