La JCE, en uso de sus facultades, constitucionales, legales y reglamentarias dictó dicho reglamento, estructurado en 5 capítulos y 41 artículos, que contemplan lo siguiente: objeto, ámbito de aplicación, sujetos y definiciones (capítulo I); los principios del procedimiento administrativo sancionador electoral (capítulo II); la Unidad de Atención, Seguimiento y mecanismos de ejecución de las sanciones, con ocasión de las infracciones administrativas electorales y medidas cautelares que establecen las leyes Núms. 2023 y 33-18 (capítulo III); los procedimientos del poder cautelar de la JCE (capítulo IV): las comisiones de operativas y los procesos de capacitación del personal (capítulo V).
Sostuvo que este proceso de conformación de Juntas Electorales inició con tiempo con el objetivo de capacitar a los integrantes en administración electoral, a través de la Escuela de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC).
Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE), encabezada por su Presidente, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, informó este jueves que la aplicación Verifícate registra a la fecha más de 2,800,000 consultas realizadas por ciudadanos para verificar su recinto de votación, desde el pasado mes de marzo de 2020. Igualmente, la JCE reiteró la importancia de que los ciudadanos verifiquen su recinto de votación antes de la celebración de las Elecciones del 5 de julio, tanto los que votan a nivel local como los que se empadronaron para votar en el exterior.
Santo Domingo.- El Presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Magistrado Julio César Castaños Guzmán, explicó este viernes a los medios de comunicación que una persona dominicana “no vota en el exterior porque viva en el exterior, sino porque se ha registrado para votar en el exterior”, en virtud de que se trata de un registro voluntario y expreso que tiene que producirse previo al cierre del padrón de electores, según los plazos legales para ese fin. Explicó, a su vez, que la misma Ley especifica que “si usted no está en ese registro, usted no puede votar porque hay una integridad y seguridad de las elecciones que viene determinada por el padrón electoral”, al momento del cierre del mismo. Asimismo, atendiendo a diversas casuísticas y circunstancias de tiempos anteriores, el Magistrado Castaños Guzmán explicó que cuando no existía la Ley 15-19 se permitió que esas personas en el 2016 votaran en base a una Resolución especial que se dictó al efecto, pero, en el caso actual y con la nueva ley, “para votar en el exterior y en la República Dominicana usted tiene que estar inscrito en el padrón de electores”. Precisó que ese padrón que será utilizado en las elecciones del 5 de julio se cerró y que no es “óbice para que nosotros estemos en el deber de darle una explicación a todo el que de alguna manera se sienta desfavorecido, porque uno de los criterios de los principios de la democracia electoral es la transparencia y, por eso, la institución tiene abierta la posibilidad en el Verifícate de que todo el mundo sepa dónde va a votar”.