Publicado por: Laura Castellanos/Friday, June 19, 2020/Categorías: Pleno JCE, Resoluciones, Presidencia JCE, Elecciones, Preparativos Elecciones, Cronograma Electoral, Dirección de Comunicaciones
DESCARGAR: 064-2020 RESOLUCIÓN SOBRE EL USO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN EL PERÍODO ELECTORAL.
Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, aprobó este viernes la Resolución 64-2020 sobre el uso de medios de comunicación en el período electoral, en la cual dispuso que los administradores y directores de los medios del Estado y bajo control estatal, deban garantizar la igualdad de acceso a los partidos políticos o alianzas de partidos con candidaturas del nivel presidencial aprobadas, así como la equidad en sus programaciones diarias y de manera especial en sus noticiarios. En tal sentido, la Resolución autorizó a que cada uno de los partidos o alianzas de partidos que tengan candidaturas aprobadas para las elecciones del 5 de julio de 2020, sean beneficiarios de los espacios gratuitos con 05 cuñas diarias de 60 segundos máximos cada una, en beneficio de los partidos o alianzas de partidos PLD y aliados, PRM y aliados, PRSC y aliados, ALPAIS, PNVC y PDI, durante el período que transcurra hasta la medianoche del jueves 3 de julio de 2020, en los canales de televisión CERTV, Canales 4 y 17; RNN, Canal 27; Frecuencias y Medios, Canal 57; y las dos frecuencias de Ondas y Medios (704-710 y 788-794 MHz). Dicha disposición abarca también a las estaciones radiales citadas precedentemente en esta disposición. Dispuso además que, en caso de que los partidos y alianzas de partidos beneficiarios de esta disposición requieran de espacios para la realización de programas o difusión de otras informaciones vinculadas al proceso electoral, de los medios de divulgación bajo la administración o control del Estado, tendrán previamente que solicitar autorización de la JCE, y que los anuncios o spots publicitarios que se vayan a insertar dentro de la programación de los espacios cedidos y cualquier programa o información que se vaya a colocar, deberá ser entregado a la Dirección de Comunicaciones de la JCE, la cual deberá enviarlos al medio de difusión o divulgación en el menor tiempo posible. Igualmente, dispuso la distribución de horarios de manera aleatoria y rotativa entre los partidos y alianzas de partidos beneficiarios de manera que estos puedan promocionar sus mensajes y propuestas en distintos segmentos de la población de manera equitativa, y que el uso de estos espacios gratuitos no está sujeto a cesión ni transferencia de ningún tipo, por lo que el partido o alianza de partidos que permita el uso del mismo para un fin particular o comercial, o ajeno a la promoción de su candidatura, será privado inmediatamente del disfrute del mismo. Dispuso también que, en relación con los medios de divulgación administrados o bajo el control privado, deban garantizar que todas las agrupaciones o partidos políticos disfruten de las mismas posibilidades en la utilización de esos medios de divulgación durante el período electoral, siempre que para tales fines paguen las tarifas acostumbradas, que no podrán ser mayores para la actividad política que las que se pagan por dichos espacios, servicios o instalaciones cuando se trate de asuntos comerciales, profesionales, personales o de cualquier otra índole. Finalmente, indicó que los días 2 y 3 de julio, hasta las doce horas (12:00 P.M.) de la noche, ningún partido, alianza o coalición de partidos, podrá acaparar la totalidad de las emisoras y estaciones de televisión y radio, sin permitir que los demás puedan divulgar sus mensajes
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