En relación al punto punto No. 9 de la Agenda de esta fecha, el Pleno de la Junta Central Electoral en el uso de las atribuciones que le confiere la ley, aprueba reiterar el cumplimiento de las atribuciones contenidas en la Ley 275-97 y el Reglamento Interno de la institución que, en su Artículo 5, numeral 2 establece que “ son atribuciones exclusivas del Presidente ser el vocero oficial de la Junta Central Electoral”. A los mismos fines, el Pleno de la institución se pronuncia en el sentido de acordar que durante el desarrollo de las sesiones del Pleno ninguno de los miembros de este órgano podrá dar a conocer o informar respecto de las discusiones que se produzcan sobre los temas de la agenda ni sobre las decisiones adoptadas sobre los mismos, por ningún medio.
JCE socializa con partidos políticos, sociedad civil y medios de comunicación el Plan Piloto del Proyecto de Eliminación del Trámite de Legalización de Actas del Estado Civil
JCE e IFES sostienen reunión de seguimiento para el diseño del Plan Estratégico 2020-2024
JCE informa está lista para realizar prueba piloto del Plan ETLA en seis oficialías y dos centros de servicios del país; equipos fueron instalados exitosamente
Profunda pena por el fallecimiento de Orly Pereyra, subdirector de Informática de la Junta Central Electoral
JCE inicia prueba piloto del Plan ETLA en seis oficialías del país; realiza emisión de primera Acta Validada en Oficialía de la 10ma del DN
JCE supervisa proceso de validación de actas en oficialías de San Francisco de Macorís
Piloto del Proyecto de Eliminación del Trámite de la Legalización de las Actas en Santiago fluye bastante bien
Jáquez Liranzo inicia los trabajos como jefe de misión de UNIORE para la Segunda Vuelta Electoral en las Elecciones de Ecuador