Presidente JCE instruye a presidentes de Juntas Electorales a cumplir Ley 176-07 sobre municipios

Ley 176-07 obliga a juramentar y posesionar el 16 de agosto a los alcaldes y regidores electos en las pasadas elecciones.

El Presidente de la Junta Central Electoral instruyó a las Juntas Electorales de todos los municipios del país para que coordinen las ceremonias de toma de posesión para este 16 de agosto de los Alcaldes, Vicealcalde y Regidores electos en las pasadas elecciones generales del 15 de mayo, en cumplimiento de la Ley 176-07 que versa sobre el funcionamiento de los municipios.

Mediante la circular No. 34 enviada a los Presidentes, Miembros y Secretarios de Juntas Electorales, el doctor Roberto Rosario Márquez, cita el artículo 47 de la referida ley que establece que “El síndico/a, vice síndico/a y los Regidores y regidoras electos tomarán posesión de sus cargos en acto público el día 16 de agosto siguiente a su elección, el cual tendrá lugar en el salón de sesiones del concejo municipal. Corresponderá al Presidente de la Junta Electoral Municipal establecer la hora de celebración”.
Wednesday, August 3, 2016/Publicado por: Anonym/Vistas (5784)/Comentarios (-)/ Valoración: 4.0
Etiquetas: Ley 176-07
RSS

Síguenos en Síguenos en nuestro canal de Telegram


JCE te informa.
Acceder al sistema de citas de la JCE


Entérate de todos los detalles de las elecciones 2024 en nuestro canal de Telegram


«August 2016»
MonTueWedThuFriSatSun
25262728293031
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930311234