Publicado por: Laura Castellanos/Saturday, March 7, 2020/Categorías: Pleno JCE, Resoluciones, Presidencia JCE, Elecciones, Preparativos Elecciones, Cronograma Electoral, Dirección de Comunicaciones
De conformidad con la Resolución 26-2020, las Juntas Electorales deberán generar el primer boletín a las 2 horas después de cerrado el escrutinio o luego de haber procesado un mínimo de un 20% de los colegios electorales del municipio. Luego de emitido el primer boletín, podrán generar los demás boletines cada vez que dicha junta lo determine.
DESCARGAR 026-2020 RESOLUCIÓN SOBRE PROCEDIMIENTO CÓMPUTO ELECTORAL EN JUNTAS ELECTORALES ELECCIONES MUNICIPALES EXTRAORDINARIAS 15 DE MARZO
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