La Junta Central Electoral -JCE- puso en vigencia el reglamento para que empresas y entidades gubernamentales tengan acceso en tiempo real a su base de datos contentiva del maestro de cedulados en el que figuran todas las personas que portan una cédula de identidad o electoral. El reglamento firmado por el presidente y los miembros del pleno de la entidad, dispone que en lo adelante las personas físicas o morales que lo soliciten serán dotadas de una conexión directa a su sistema informático central, que le permitirá vía pagina web realizar las consultas de los registros actualizados y encriptadas de las personas mayores y menores de edad, militares, civiles, policías y extranjeras cedulados del país.
Adopta decisión sobre el "Plan Quisqueya aprende contigo" El Pleno de la Junta Central Electoral resolvió poner a disposición de las autoridades que tienen a su cargo la implementación del Plan Quisqueya Aprende Contigo los 155 locales donde operan las Juntas Electorales en cada municipio de la República Dominicana para que sirvan de centros de entrenamientos, encuentros de grupos a alfabetizar y de integración y motivación para la integración al referido programa de alfabetización nacional. Se realizará un levantamiento en la base de datos de la Junta Central Electoral para determinar la cantidad de personas analfabetas o con escolaridad inconclusa y muy especial a aquellos que aparecen firmando con una cruz, una raya o una equis para suministrarlo a las autoridades correspondientes, con sus respectivas direcciones a fin de que los mismos puedan ser localizados e integrados al Plan de Alfabetización aludido.
La Suprema Corte de Justicia falló a favor de la Junta Central Electoral un recurso de casación contra una sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo que rechazó autorizar la entrega de informaciones que violan el derecho a la intimidad del personal de esa institución las cuales fueron solicitadas por un ciudadano acogiéndose a la Ley de Libre Acceso a la Información. La sentencia referida, y que fue acogida por la Suprema Corte de Justicia, establece que la misma ley es clara cuando señala cuando se trata de datos personales cuya publicidad pudiera significar una invasión de la privacidad personal. Y agrega que cuando se trate de datos personales, los mismos deben entregarse solo cuando haya constancia expresa, inequívoca, de que el afectado o los afectados consienten la entrega de dichos datos o cuando una ley obligue su publicación.
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