Jáquez Liranzo: designaciones en Resolución 11-2022 no se bastan por sí solas, deben cumplir cedazo artículo 43 Ley Electoral

Jáquez Liranzo: designaciones en Resolución 11-2022 no se bastan por sí solas, deben cumplir cedazo artículo 43 Ley Electoral

JCE realizará audiencia pública con los partidos, agrupaciones y movimientos políticos

Santo Domingo.- El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Andrés Jáquez Liranzo, afirmó que las designaciones de la Resolución 11-2022, de la conformación de 58 Juntas Electorales, no se bastan por sí solas, sino que se debe cumplir con lo establecido en la Ley 15-19 y "pasar el cedazo” del artículo 43.

“La propia resolución especifica claramente lo que establece el artículo 43: “Los miembros titulares y suplentes de las Juntas Electorales podrán ser impugnados por quien así lo estime, mediante un escrito motivado que será dirigido a la JCE, dentro de los diez días siguientes a las designaciones. Vencido el plazo, la JCE dentro de las 24 horas enviará copia por Secretaría de ese escrito a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, donde cualquier persona y los partidos políticos pueden impugnar a esos designados”, explicó Jáquez Liranzo durante el reinicio de recepción de propuestas para completar los aspirantes a Juntas Electorales en diferentes localidades del país.

Sunday, May 15, 2022/Publicado por: Dirección de Comunicaciones/Vistas (2180)/Comentarios (-)/ Valoración: 2.7
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