Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, dispuso mediante la Resolución 74-2020 la autorización de la expedición de Cédulas de Identidad a todas las personas menores de edad, a partir de los doce (12) años cumplidos y, excepcionalmente, a niñas menores de 12 años de edad en estado de gestación o madres menores de 12 años, a los fines de que el nacimiento de los hijos e hijas de estas puedan ser debidamente inscritos en el Registro Civil. En tal sentido, la resolución puntualizó que la expedición de una cédula de identidad a menores que hayan cumplido los doce años, no es más que un documento único para la identificación del mismo, y bajo ningún concepto habilita al menor de edad la capacidad legal para actuar a nombre propio, ni vulnera ni hace desaparecer la Autoridad Parental de los padres sobre sus hijos o hijas menores de edad.
JCE dispone investigación sobre caso de suplantación de identidad en Pedernales
JCE finaliza clonado de 9 mil laptops que entregará al MINERD
Pleno JCE autoriza expedición de cédulas a menores a partir de los 12 años
JCE aclara que entrega de cédulas a menores de 12 años es un registro voluntario y no obligatorio