Publicado por: Laura M. Castellanos/Monday, October 19, 2020/Categorías: Pleno JCE, Resoluciones, Presidencia JCE, Cedulación, Dirección de Comunicaciones
La ley 15-19 Orgánica de Régimen Electoral establece en su artículo 70 sobre la Cédula de Identidad que “es voluntaria su adquisición por toda persona que haya cumplido doce (12) años de edad”.
Vistas (12942)/Comentarios (-)
JCE establece plazo de 45 días para que organizaciones políticas decidan modalidad para escoger sus candidatos
JCE y Compromiso Santiago motivan para conformación de Colegios Electorales
JCE inicia 43 diplomados en materia electoral a miembros de las Juntas Electorales
Pleno de la JCE continúa ruta de socialización para captar miembros colegios electorales; realiza encuentro con ANJE
Presidente JCE recibe delegación de Jóvenes por la Democracia