Publicado en Tuesday, May 31, 2016
En relación de los municipios de Azua y Oviedo, enviaron una acta que contiene acciones de escrutinio que por su naturaleza tienen características contenciosas, acordando el Pleno de la JCE declinar al Tribunal Superior Electoral los expedientes de estos municipios, para que sea esta Alta Corte que determine, en el ejercicio de su fuero, lo que corresponde. 3ero. Se conoció de varias acciones incoadas por los ciudadanos que en el período electoral ostentaron la condición de candidatos de los Partidos Alianza por la Democracia (APD), Alianza País, Fuerza Nacional Progresista (FNP), Partido de la Unidad Nacional (PUN), Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) y Partido Revolucionario Moderno (PRM); así como de la Instancia del 19 de mayo del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y otra instancia de fecha 22 de mayo del 2016 del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) referente a la emisión de boletines provisionales. Aunque el Pleno de la JCE entiende que estos referimientos fueron conocidos y decididos por el Tribunal Superior Electoral en fecha 14 de mayo del 2016, mediante Sentencia TSE-268-2016 sobre el particular, y estas instancias ser reiterativas sobre un tema ya juzgado, el Pleno decidió remitir estas acciones al Tribunal Superior Electoral a los fines correspondientes. No habiendo más temas en agenda, el Pleno concluyó satisfactoriamente su reunión.
Publicado por: Anonym
Categorías: Pleno JCE, Sesiones del Pleno, Elecciones, Elecciones 2016, Dirección de Comunicaciones
Etiquetas: Juntas Electorales , Tribunal Superior Electoral , TSE
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