La Junta Central Electoral informa que de conformidad con lo que estable la Ley 275-97, una vez agotado en las Juntas Electorales y las Oficinas de Coordinación de la Logística Electoral del Exterior (OCLEE) el procedimiento de totalización de las actas, y emitiendo los boletines correspondientes a su jurisdicción, en cumplimiento a lo que disponen los Artículos 140, 141 y 142 de la referida ley que establece la obligatoriedad de que “Antes de las 10:00 AM del día siguiente, el delegado del Partido Político o miembro del Colegio Electoral que hubiere formulado la objeción del elector que, por dicha razón votó en condición de observado, no se apersonare ante la Junta Electoral correspondiente, para presentar las pruebas documentales y testimoniales que sustenten su objeción, dicho voto se reputará como legítimo y se procederá al examen de la boleta conforme al método establecido en este artículo”.
De igual manera, explica que los resultados que surjan de la revisión de los votos nulos y observados no variarán bajo ningunas circunstancias los resultados presentados en el boletín No.10 que ha sido el último emitido por la Junta Central Electoral que refleja la cantidad de 2,095,413 votos (46.92%) para el candidato del Partido Revolucionario Dominicano y aliados, Ingeniero Hipólito Mejía, y 2,289,143 (51.26%) para el Licenciado Danilo Medina, candidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana y aliados. La Dirección de Comunicaciones de la Junta Central Electoral estima que el último boletín provisional definitivo podría ser emitido en horas de esta noche.
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